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lunes, 20 de agosto de 2012

LEY DE POLARIZADOS EN CHILE

ACTUALIZACIÓN 2019



Norma: Ley 21147 Versión: ÚnicaDe: 01-MAR-2019Fecha Publicación: Fecha Promulgación: 20-FEB-2019
Organismo: MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Materias: Vidrios PolarizadosVidrios OscurosVehículos MotorizadosVidrios Polarizados en Vehículos Motorizados

Ley 21147 | Artículo ÚNICO

"Artículo único.- Reemplázase el párrafo primero del número 1 del artículo 75 de la ley N° 18.290, de Tránsito, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, promulgado el año 2007 y publicado el año 2009, por el siguiente:

     "1.- Vidrios de seguridad que permitan una perfecta visibilidad desde y hacia el interior del vehículo. Podrá contar con vidrios oscuros o polarizados que cumplan con los factores de transmisión regular de la luz u otras cualidades ópticas, y las certificaciones, establecidas en el reglamento.".".



PROMULGACIÓN

Norma: Ley 21147 Versión: ÚnicaDe: 01-MAR-2019Fecha Publicación: Fecha Promulgación: 20-FEB-2019
Organismo: MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Materias: Vidrios PolarizadosVidrios OscurosVehículos MotorizadosVidrios Polarizados en Vehículos Motorizados

Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlgase y llévese a efecto como Ley de la República.

     Santiago, 20 de febrero de 2019.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.- Hernán Larraín Fernández, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
     Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Alejandro David Arriagada Ríos, Subsecretario de Transportes (S).
 


COMENTARIO:
SI BIEN ESTA PERMITIDO, COMO TODAS LAS LEYES EN CHILE, QUEDA LA AMBIGÜEDAD INTERPRETATIVA DE "PERFECTA 
VISIBILIDAD" SEGURAMENTE EN LA REVICION TECNICA NO HABRÁ OBJECIONES A LOS TONOS, TAL VEZ SOLO SUGERENCIAS, PERO EN LA CALLE CONTROLA CARABINEROS Y QUEDARÁ AL CRITERIO DE ELLOS LA ¡¡PERFECTA VISIBILIDAD!!...


PD n°1: No olviden que los tonos en sus porcentajes se refieren a la cantidad de Luz que pasa a través del polarizado o lámina de seguridad polarizada, es decir el 5% es el mas oscuro porque solo pasa el "5%" de luz al interior.

PD n°2: Con respecto a la calidad del polarizado FIJENSE que sea el papel resistente a los rayos UV, o tendrán en un verano más un hermoso tono verde o morado según la pigmentación del papel.

PD N°3: El pegamento del papel también debe tener filtro UV, puesto que es el primero en recibir los rayos del sol desde afuera.

ANTERIOR A LA PROMULGACIÓN DE LA LEY 21147PROMULGADA 20 FEBRERO 2019


LEY NUM. 18.290 LEY DE TRANSITO
Url: http://bcn.cl/4rtw
Norma: DFL 1 : Versión: Ultima Versión
De: 11-JUL-2012: Fecha Publicación: 29-OCT-2009
Fecha Promulgación: 27-DIC-2007
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
TITULO PRELIMINAR

Artículo 1°.- A la presente ley quedarán sujetas todas las personas que como peatones, pasajeros o conductores de cualquiera clase de vehículos, usen o transiten por los caminos, calles y demás vías públicas, rurales o urbanas, caminos vecinales o particulares destinados al uso público, de todo el territorio de la República.
Asimismo, se aplicarán estas normas, en lo que fueren compatibles, en aparcamientos y edificios de estacionamientos y demás lugares de acceso público

COMENTARIO:
"EL PRIMER ARTICULO TE DEJA CLARO QUE SON TODAS LAS PERSONAS LAS AFECTADAS A ESTA LEY, ADEMÁS DEJA CLARO LOS LUGARES DE CONTROL"



Artículo 79.- Los vehículos motorizados según tipo y clase estarán provistos, además, de los siguientes elementos:

1.- Vidrios de seguridad que permitan una perfecta visibilidad desde y hacia el interior del vehículo.
Prohíbense los vidrios oscuros o polarizados, salvo los que se contemplen en el Reglamento.
Prohíbese la colocación en ellos de cualquier objeto que impida la plena visual.

COMENTARIO:
"SI REVISAN LA LEY 18.290, PODRÁN VER LO DIFÍCIL QUE SE TORNA LLEGAR AL ORIGEN, YA QUE SE HACE MENCIÓN A UNA LEY ANTERIOR, Y ESTA A OTRA LEY MAS, LOS VIDRIOS DE FABRICA CUMPLEN CON LA NORMATIVA, NO ASI LOS INSTALADOS POSTERIORMENTE."

¿COMO SABER SI SON DE FABRICA?
FACIL...EL VIDRIO DE FABRICA ES TODO DEL COLOR SIN MARGENES EN LA ORILLA DEL VIDRIO, LAS LAMINAS DE SEGURIDAD POLARIZADAS Y EL POLARIZADO TIENEN UN MARGEN ANTES DEL FINAL DEL VIDRIO DE 3 A 5 MILIMETROS PARA EVITAR QUE SE DESPEGE AL HACER PRESION CON LAS GOMAS DEL VEHICULO.

LEY 18931
Art. 1º Nº 4
D.O. 15.02.1990
Url: http://bcn.cl/4wri

LEY 20068
Art. 1º Nº 24 a)
D.O. 10.12.2005
Url: http://bcn.cl/4s94


COMENTARIO:
"LO QUE ALGUNOS ESPERAN VER ES LA LEY ANTIGUA QUE REGULABA ESTA CONDICIÓN, CON ALGUNA MENCIÓN EXPLICITA DEL POLARIZADO, PERO NO ES ASI SOLO EXPLICA LAS NORMAS GENERALES PARA CIRCULAR. PARA EL COMÚN DE LA GENTE COMO NOSOTROS ES LATERAMENTE COMPLICADA, LO QUE EXPLICA SON LAS NORMAS QUE LOS VEHÍCULOS DEBEN TENER Y LA CLASIFICACIÓN DE ESTOS".
LAS LEYES A LAS QUE HACE REFERENCIA LA LEY, REGULAN A LOS RESPONSABLES DE LA FISCALIZACION Y EL PAPEL QUE JUEGA EL JUSGADO DE POLICÍA, ASÍ COMO TAMBIÉN EL PAPEL DE LAS MUNICIPALIDADES"

Tipo Norma        Decreto 211 
Fecha Publicación        :11-12-1991
Fecha Promulgación       :18-10-1991
Organismo                :MINISTERIO DE TRANSPORTES Y      TELECOMUNICACIONES
Título                   :NORMAS SOBRE EMISIONES DE VEHICULOS MOTORIZADOS LIVIANOS
Tipo Version             :Ultima Version De : 16-04-2010
Inicio Vigencia          :16-04-2010
Id Norma                 :11031
Ultima Modificación      :16-ABR-2010 Decreto 66
URL                      :DECRETO 211 

Tipo Norma       :Decreto 307 (LEY 15.231)
Fecha Publicación       :23-05-1978
Fecha Promulgación      :03-03-1978
Organismo               :MINISTERIO DE JUSTICIA
Título                  :FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y            SISTEMATIZADO DE LA LEY 15.231, SOBRE ORGANIZACION Y ATRIBUCIONES DE LOS JUZGADOS DE POLICIA LOCAL
Tipo Version            :Ultima Version De : 23-01-2012
Inicio Vigencia         :23-01-2012
Id Norma                :12193
Ultima Modificación     :23-ENE-2012 Ley 20554
URL                     :
LEY 15.231



Tipo Norma        :Ley 17.105; Decreto 423
Fecha Publicación        :14-04-1969
Fecha Promulgación       :14-02-1969
Organismo                :MINISTERIO DE JUSTICIA
Título                   :LEY DE ALCOHOLES
Tipo Version             :Ultima Version     De : 19-01-2004
Inicio Vigencia          :19-01-2004
Id Norma                 :28794
Ultima Modificación      :19-ENE-2004 Ley 19925
URL                      :LEY 17.105

http://bcn.cl/4rto
 
Tipo Norma        :Ley 18.290
Fecha Publicación        :07-02-1984
Fecha Promulgación       :23-01-1984
Organismo                :MINISTERIO DE JUSTICIA
Título                   :LEY DE TRANSITO
Tipo Version             :Ultima Version     De : 07-11-2009
Inicio Vigencia          :07-11-2009
Id Norma                 :29708
Tiene Texto Refundido    :DFL-1 29-OCT-2009
Ultima Modificación      :07-NOV-2009 Ley 20388
URL                      :LEY 18.290



Tipo Norma        :Ley 18.490
Fecha Publicación        :04-01-1986
Fecha Promulgación       :02-01-1986
Organismo                :MINISTERIO DE HACIENDA
Título                   :ESTABLECE SEGURO OBLIGATORIO DE                ACCIDENTES PERSONALES CAUSADOS POR CIRCULACION DE VEHICULOS MOTORIZADOS
Tipo Version             :Ultima Version     De : 15-11-2007
Inicio Vigencia          :15-11-2007
Id Norma                 :29893
Ultima Modificación      :15-NOV-2007 Ley 20227
URL                      :LEY 18.490



Tipo Norma        :Ley 18.931
Fecha Publicación        :15-02-1990
Fecha Promulgación       :01-02-1990
Organismo                :MINISTERIO DE JUSTICIA
Título                   :MODIFICA LEY N° 18.290; LEY N° 15.231 Y LEY N° 17.105
Tipo Version             :Unica De : 15-02-1990
Inicio Vigencia          :15-02-1990
Id Norma                 :30302
URL                      : LEY 18.931



Tipo Norma        :Ley 20.068
Fecha Publicación        :10-12-2005
Fecha Promulgación       :08-11-2005
Organismo                :MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES;
                          SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES
Título                   :INTRODUCE DIVERSAS MODIFICACIONES A LA LEY Nº 18.290, EN
                          MATERIA DE TRANSITO TERRESTRE
Tipo Version             :Unica     De : 10-12-2005
Inicio Vigencia          :10-12-2005
Id Norma                 :244868
URL                      :LEY 20.068




ESPERO LES AYUDE CON SUS DUDAS SI HAY ALGUN LINK CON ERROR POR FAVOR AVISAR
ATTE
.
MKY76



13 comentarios:

  1. Solo los vehiculos homologados pueden circular con los vidrios con color. Eso dice la ley. Los vidrios de los homologados son tinteados eso quiere decir que el vidrio tiene el tono y no es una lamina como el polarizado. Ahora bien si tienes Suerte jamas te fiscalizaran (Rev. Tecnica/Carabineros) por los vidrios con color.
    Como consejo intenta seguir el mismo formato de los homologados oscuro atras y mas claro adelante.
    Los tonos son de gusto de cada usuario.
    El tono y su numeracion dice referencia con la cantidad de luz que dejan pasar al interior Ej; 05% es oscuro y 50% es claro.
    Asegurate de que el papel tenga fitro UV. O al par de meses tendras los vidrios decolorados por efecto del Sol.
    Suerte...

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  2. Estimados,
    La palabra polarizar significa :

    1 Modificar los rayos luminosos por medio de la refracción o la reflexión de manera que no puedan refractarse o reflejarse de nuevo en otra dirección: las ondas de luz se polarizan al atravesar un determinado medio.
    2 Acumular en dos partes determinadas de un cuerpo cargas eléctricas opuestas.
    3 Concentrar una persona la atención o el ánimo en una cosa determinada.
    Osea que hasta el agua cuando cae sobre el vidrio polariza la luz.

    Asi que por lo mismo existe una modificacion en la ley desde el año 2006 decreto 22 donde se dice:
    Artículo 16º.- Los vidrios de los vehículos livianos, medianos y pesados, definidos en los Decretos Supremos Nºs. 211, de 1991, y 54 y 55, de 1994, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones deberán cumplir con las normas de seguridad que se describen en la Resolución Nº 48, de 2000, del mismo Ministerio. Dicha exigencia será obligatoria para los vehículos cuyo año de fabricación anotado en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, sea 2007 o posterior. Los vehículos, cualquiera sea el año de fabricación anotado en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación y que de fábrica cuenten con vidrios de seguridad que cumplan con alguna de las normas de la Resolución 48/2000 citada y cuyo texto disponga la posibilidad de usar vidrios oscurecidos, podrán utilizar estos últimos siempre que se trate de vidrios distintos al parabrisas y de los vidrios de las puertas delanteras, cuando se trate de vehículos livianos y medianos, y de los de visión directa del conductor, en el caso de los vehículos pesados.

    Asi que el polarizado como dicen ustedes no esta prohibido.

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    Respuestas
    1. Buena respuesta, y cito la norma "disponga la posibilidad de usar vidrios oscurecidos, podrán utilizar estos últimos siempre que se trate de vidrios distintos al parabrisas y de los vidrios de las puertas delanteras"
      Este blog no pretende darle el favor a nadie solo expone los terminos legales.

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  3. todo polarizado segun la ley, que se realice a un automovil esta prohibido, salvo aquellos modelos que lo traigan de fabrica,
    .lo que permite la ley son los vidrios TINTADOS. modelos FORD....NO SE LE DE MAS VUELTA AL ASUNTO.

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    Respuestas
    1. todas las marcas vendidas en chile para ser homologados deven cumplir con la ley, eso es para "Ford", TOYOTA, KIA, ETC...

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    2. Los vehìculos nuevos pueden ser homologados, los usados NO, me refiero a los ingresados por Zona Franca...

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    3. que pasa con los lentes de sol oscuros estos si que dificultan la vision debe de prohibirse el uso para manejar o caminar en la calle ya que si pueden causar un accidente y carabineros que los usan mucho no se los sacan ni por respeto a la buena educacion cuando fiscalizan , las revisione tecnicas deben tener un parametro para rechazar los polarizados , los que no tienen vidrios con tinte de fabrica imposible viajar en verano con sol , da para largo pero los que hacen las leyes seguro tienen autos polarizados o tinteados de fabrica o con papel
      ahora se debe usar chaleco reflextante para bajarse del vehiculo a comprar hasta para los cabros chicos o parte y debe llevarse a mano no en el maletero ojo

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  4. Gracias por la información.
    Me diste muchísimos decretos de referencia.
    Me queda claro que el polarizado está prohibido sin importar la graduación y los únicos que se salvan son los de fábrica posterior al 2006.
    Es una pena haber pecado de baboso para proteger a mi bebe.
    La recomendación de sólo polarizar los vidrios laterales traseros y traseros fue una puta burrada de mi parte sin verificar la legalidad de éstos.
    Y con la fiscalizacion ahora de los chalecos reflectantes....no me salvo del parte ni cagando
    saludos cordiales

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  5. Me acaban de citar al juzgado de policía local de pudahuel por "conducir vehículo motorizado con vidrios polarizados", me quitaron la licencia, es un vehículo gama media MG 6, no bmw, ni Mercedes, y si me permiten todo lo que he leído respecto de las normas existentes versus la autorización de cientos de empresas que ofrecen no sólo oscurecer por un tema de salud rayos UV, sino que por seguridad(láminas de seguridad) me lleva a concluir que nos están metiendo el dedo...discriminando si es de fábrica, en mi caso ajustado a lis reglamentos, parabrisas libre, conductor 30% traseros oscuros, por favor, es inconstitucional no preservar la salud y no protegerse entonces? Y eso que solo se permiten algunas marcas como Ford...váyanse a la Ch...entonces no autoricen los films que se venden...y punto. Los personajes del estado, no tienen idea de reglamentos ni nada, esto es una clara vulneración de derechos, dense cuenta, estoy que presento un recurso de amparo, voy a patalear con todo...no pagare ni un peso y voy a hacerlo con publicidad, NO PERMITAN UN PARTE POR POLARIZADO hasta que la normativa sea clara como el agua, quiéranse un poco!!!

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  6. Hoy en día el polarizado ye puede salvar la vida con el tema de los portonasos ya que al no ver quien anda arriba del vehículo les complica a las lacras ya que no saben con quien se van a enfrentar

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  7. es lamentable que se den estos casos la ambiguedad,la ley chilena permite y condena una montonera de tonteras ilogicas, estoy muy de acuerdo que si se les permite a las altas gamas o las marcas entrar con vidrios tinteados el resto por logica tenemos el mismo derecho, pero aqui todo es negocio incluyendo la logica.
    solo para que asimilen el tema se prohibe por ley el obtaculizar el control, de velocidad en cualquier vehiculo, pero no se phohibe la venta del equipo que bloquea la lectura EJ. blinder o un Cobra bloqueador de radar.

    Atte...
    MKY76


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  8. Trabajo en la segunda región , me sacaron un parte en Chañaral kmo las cinco de la tarde por conducir vehículo motorizado con vidrios polarizados , pensaba q sólo era prohibido el polarizado kndo es demasiado oscuro......La rabia q da es ver kmo un miserable o carabinero busca cualquier detalle para sacarte el parte igual , para mi colocarse en un punto a controlar y sacar partes kmo sea para llegar a una meta eso es abuso....

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  9. Muchas gracias por la información, de todas formas pondre las laminas de seguridad, la referencia del portonazo que se hace más arriba me terminó de convencer ;)

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